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Por Franco de Barba, abogado experto en Propiedad Industrial.
La elección de una marca es el primer paso en la construcción de una imagen corporativa, y es el paso previo al registro de dicho signo como marca. Esta elección no solo debe obedecer a razones de marketing o de estética, sino que debe respetar una serie de imperativos legales. En efecto, no todo signo es susceptible de registro como marca, y una vez denegada una marca, el solicitante no puede recuperar las tasas oficiales abonadas. Teniendo en cuenta que este estudio y valoración previos son tan importantes, en MERX le ayudamos tanto en la elección de su marca, como en todo el proceso de registro, e incluso después de éste.
En España, los derechos sobre una marca se obtienen con su concesión, sin perjuicio de la protección provisional que la normativa establece a favor de una solicitud de marca. En todo caso, antes de que se emita el título de concesión, la marca debe seguir un complejo proceso a lo largo del cual es examinada por la Oficina de Marcas con respecto a su registrabilidad per se (motivos absolutos de denegación) o en relación con otros derechos anteriores (motivos relativos), que pueden invocarse por las partes interesadas en un procedimiento de oposición, o en determinados casos, por la propia Oficina de Marcas.
Antes de presentar una solicitud de marca, nuestro equipo de especialistas estudio la registrabilidad de cada marca, y realiza una comprobación en los registros de marca más relevantes en la UE, para determinar si existen marcas anteriores que pudieran obstaculizar el registro de la nueva marca, con la consiguiente pérdida de lo actuado, y de las tasas abonadas. En particular, verificamos si
Nuestro equipo prepara y presenta la solicitud de marca teniendo en cuenta los productos y servicios a los que se aplicará la misma, desde una perspectiva práctica, realista, y con especial atención a los costes.
A lo largo de todo el proceso, hacemos un seguimiento de los progresos de su solicitud a través de nuestro sistema de gestión de Propiedad Industrial. En efecto, es importante comprobar el estado de su marca después de la presentación inicial de la solicitud, ya que de lo contrario, porían ocurrir incidencias que si no son resueltas en tiempo y forma oportunas, puede implicar la pérdida de lo actuado. De hecho , después de la expiración del plazo para la presentación de la oposición de Patentes y Marcas española realiza un examen de la solicitud en relación con la posibilidad de registro de la solicitud. Si se plantean objeciones, las mismas serán notificadas, y el solicitante debe entonces responder a las objeciones en el plazo de un mes desde la publicación del suspenso.
Si la solicitud de marca no es objeto de ningún suspenso u oposición en el curso de su tramitación, la misma podría concederse en un plazo de cuatro a seis meses. Sin embargo, si se notifica alguna objeción oficial u oposición, la OEPM deberá dar traslado del suspenso al solicitante para que presente observaciones, tras lo cual emitirá una resolución, en un plazo de ocho a doce meses.
El derecho exclusivo a una marca es efectivo a partir de la fecha de publicación de la concesión de su registro. Un certificado de registro es emitido por las autoridades, como prueba de la protección de su marca.
Las marcas en España se conceden por un plazo 10 años renovables indefinidamente, a partir de la fecha de la solicitud. Después de ese período , usted puede renovar su solicitud por otros diez años, con el objeto de evitar su caducidad.
El equipo de MERX hace un seguimiento periódico su marca en nuestro sistema, durante toda la vida de la marca. Ello es particularmente importante, ya que puede tener la tranquilidad que nuestro equipo comprobará el estado de su marca de forma periódica para mantener en vigor su registro, informándole de todos los plazos pertinente
El titular de la marca es responsable de velar por el respeto de los derechos conferidos por su registro de marca, ya que la Oficina Española de Patentes y Marcas no impedirá el registro de marcas idénticas o similares, más que en caso de que Usted presente una oposición frente a los mismos, para lo cual alguien deberá informarle previamente de su existencia, ya que hay un plazo de dos meses durante el cual podrá presentar oposición, tras lo cual ya no lo podrá hacer.
Nuestro Servicio de Vigilancia, permite garantizar que ningún tercero presente una solicitud de marca idéntica o similar a su favor, para productos idénticos o similares a los productos / servicios protegidos por su marca, sin que Usted no lo sepa. ¿Cómo podemos hacer eso? Vigilamos su marca en los registros para detectar cualquier solicitud de marca idéntica o similar, y valoramos con Usted las acciones legales para impedir su uso y registro.
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