Marcas

Ultimas noticias sobre el BREXIT

Franco de Barba
Agente de la Propiedad Industrial
MERX IP
fdebarba@merx-ip.com

 

Como se informó en un post anterior, el Reino Unido presentó el 29 de marzo de 2017 la notificación de su intención de retirarse de la Unión Europea de conformidad con el artículo 50 del Tratado de la UE. El Reino Unido quedará por tanto fuera de la UE, una vez transcurrido el período de transición, que expirará el 29 de marzo de 2019.

El Libro Blanco que el gobierno del Reino Unido hizo público el 12 de julio de 2018, muestra su voluntad de garantizar que las marcas registradas y los diseños registrados de la Unión Europea continúen gozando de protección en el Reino Unido, bajo determinadas condiciones.

El 24 de septiembre de 2018, la Oficina de la Propiedad Industrial del Reino Unido, publicó una notificación técnica en la que explicaba cómo un BREXIT duro (sin acuerdo) afectaría las marcas y diseños de la UE.

Sin embargo, teniendo en cuenta el escenario político actual, de gran incertidumbre, tendremos que ver cuáles serían las condiciones para que la Oficina Británica reconozca la protección de los derechos de propiedad industrial de la UE (marcas de la UE y diseños de la UE) existentes en el Reino Unido.

Los puntos clave a tener en cuenta en la última nota técnica de septiembre de 2018 incluyen:

  • El Reino Unido se aseguraría de que los derechos de propiedad de todas las marcas registradas de la Unión Europea y los diseños comunitarios registrados al momento del BREXIT continuarán protegidos en el Reino Unido.
  • El Reino Unido proporcionaría una marca registrado o diseño registrado equivalente, otorgado en el Reino Unido, que entrará en vigor en la fecha de salida del Reino Unido de la UE.
  • De conformidad con dicha nota técnica de septiembre de 2018, el nuevo título equivalente de protección nacional, se otorgaría tras un sencillo procedimiento administrativo. Eso parece ser un paso atrás de la posición anterior expresada por las autoridades del Reino Unido, de que sería un proceso automático y sin costes. Por lo tanto, existen dudas sobre si el reconocimiento de la protección de los derechos de propiedad industrial existentes de la UE en el Reino Unido será concedido de forma automática o no.
  • Los solicitantes que cuenten con una solicitud de marca o diseño de la UE a 29 de marzo de 2019, podrán volver a presentar una solicitud nacional en el Reino Unido,  manteniendo la fecha de solicitud de la UE, siempre que dicha prioridad se reivindique en un plazo de 9 meses.
  • La situación sigue siendo totalmente incierta en lo que respecta a los registros internacionales que designan a la UE en virtud de los Convenios de Madrid y de La Haya. La nota técnica dice que el Reino Unido está trabajando con la OMPI, para proporcionar protección continua en el Reino Unido desde marzo de 2019 para los derechos de propiedad industrial presentados a través de los Sistemas de Madrid y La Haya.

Sigue siendo, en todo caso, responsabilidad del gobierno del Reino Unido, quien durante los próximos meses deberá aprobar los cambios técnicos en el Parlamento, para introducirlos de forma oficial en su propia normativa.

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